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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346178
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 2056
COSTAS, TEMERIDAD DE LOS LITIGANTES PARA EL EFECTO DE SU CONDENACION AL PAGO DE LAS (LEGISLACION DE OAXACA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 2056
La calificación de temeridad, a que se contrae el artículo 137 del Código de Procedimientos Civiles de Oaxaca de mil ochocientos ochenta y ocho, queda a juicio del Juez.
Precedentes
Amparo civil directo 2943/40. Ortiz Felipa. 18 de marzo de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.