Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/346189
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346189
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 2077
AGRAVIOS EN LA APELACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 2077
La cita equivocada de determinados preceptos legales, no resta fuerza al agravio que se haga valer en la apelación, pues basta la cita del derecho con la lesión causada, para que el sentenciador subsuma el derecho invocado, en la norma legal aplicable.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3287/46. Reyes Jacinto. 22 de marzo de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.