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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346222
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 331
PROCEDIMIENTO JUDICIAL, SUSPENSION DEL. EJECUCION DE SENTENCIAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 331
No debe concederse la suspensión del procedimiento que tiende a la investigación de la verdad en el proceso, para decidir los litigios, porque esto es de orden público, y sólo el procedimiento que tiende a ejecutar o llevar adelante lo mandado en la sentencia, sí puede ser materia de suspensión mientras se decide en el amparo, si debe o no llevarse adelante lo mandado en la sentencia que ya decidió el derecho.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5247/47. Andrade Moguel José P. 11 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.