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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346226
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 334
COSTAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 334
Las costas no se harán efectivas, mientras no se haga la liquidación ni se aprueben y si falta precisamente la tramitación del incidente respectivo, no procede la suspensión, pues el acto no puede considerarse inminente, mientras no se acuerde, en virtud de la resolución respectiva, hacer efectivas esas costas.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5819/47. Díaz R. Luis. 11 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.