Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/346269
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346269
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 613
NACIONALIZACION, INTERVENCION DEL MINISTERIO PUBLICO FEDERAL EN LOS JUICIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 613
El concepto de violación que se haga consistir en que la apelación interpuesta por el Ministerio Público Federal, en el juicio de nacionalización seguido en contra del quejoso, fue indebidamente admitida y resuelta, por corresponder el ejercicio de ese recurso a la Dirección General de Bienes Nacionales, parte actora en dicho juicio, debe estimarse infundado, porque el Ministerio Público tiene en juicio la representación legal de la autoridad federal que litiga.
Precedentes
Amparo civil directo 9886/42. Trujillo Ramón. 23 de octubre de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Disidente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.