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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346307
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 930
DIVORCIO, EMPLAZAMIENTO EN CASO DE ABANDONO DE HOGAR.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 930
Si se alega como fundamento de una demanda de divorcio, el abandono del domicilio conyugal, por parte de la mujer, no puede esta ser emplazada en el domicilio del marido, desde el momento en que la causal invocada implica la no habitación de la mujer en la casa del marido, circunstancia por la que su citación al juicio, en esa forma, es ilegal y la sentencia que en esas condiciones se dicte, no puede prevalecer, por haberse privado de defensa a la cónyuge demandada.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2594/47. Rodríguez de Braniff Josefina. 6 de noviembre de 1947.Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LIX Pág. 1161