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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346311
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 932
AMPARO, EFECTOS DE LA SENTENCIA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 932
El concederse la protección de la Justicia Federal contra los procedimientos de un juicio seguido en contra de la parte quejosa, forzosamente tiene que concederse esa protección contra las consecuencias de esos procedimientos, que se han considerado ilegales, ya que los efectos de toda sentencia de amparo son restituir las cosas al estado que tenían antes de cometerse las violaciones que dicha sentencia considera demostradas, por lo que tal restitución no sería completa, si no abarcara todas las consecuencias indicadas.
Precedentes
Amparo civil en revisión 9646/44. Labastida de Bringas Sofía. 6 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos I. Meléndez.