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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346318
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1003
ARRENDAMIENTO, NOTIFICACION AL INQUILINO EN CASO DE VENTA DEL INMUEBLE, OBJETO DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1003
Si el arrendatario reconoció al nuevo propietario del inmueble arrendado, como tal, pues le pago algunas rentas y le propuso la celebración de otro contrato de arrendamiento, con ello quedó subsanada la falta de notificación judicial o notarial, de la venta, al propio arrendatario, y no pudo después este desconocerle al adquirente del inmueble, el carácter de propietario y fundar su excepción en la falta de la indicada notificación.
Precedentes
Amparo civil directo 9467/45. Gómez Andrés Ángel sucesión de. 8 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre de ponente.