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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346329
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1027
FIANZA EN EL AMPARO, OBLIGACION DE OTORGARLA (REMATES).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1027
Aunque el bien cuyo remate se suspendió, se encuentre asegurado con el embargo trabado en el juicio ejecutivo seguido por el tercero, de todos modos, hay la posibilidad de causar daños y perjuicios al tercero con la suspensión que le fue concedida al quejoso, y la Ley de Amparo exige, en su artículo 125, que en todos esos casos, éste otorgue garantía para responder de ellos.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6357/47. Tello Palomeque José del Carmen. 8 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.