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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346359
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1243
DIVORCIO, EMPLAZAMIENTO ILEGAL EN LOS JUICIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1243
Si a sabiendas de que el domicilio de la esposa se encontraba en determinada población, el marido fue a residir a otra distinta, para promover juicio de divorcio en contra de aquella a quien se emplazó por medio de publicaciones hechas en el lugar del juicio, de esto se sigue que fue ilegal la forma en que se citó a la demandada, para que interviniera en el procedimiento, y que se violó, en su perjuicio, la garantía de audiencia que otorga el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3436/47.Vargas Burgos de Carstens María Elisa. 17 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona al nombre del ponente.
Tomo XCI Pág. 2827.
Tomo LXXXII Pág. 1114.
Tomo LXXI Pág. 5364.