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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346365
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1259
PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO, DESAHOGO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1259
El señalamiento de fecha para la recepción de la prueba testimonial, ofrecida por el recurrente, quedó sin efecto, por haberlo dispuesto así el Juez a quien se encomendó su desahogo, si expresamente manifestó el Juzgado de Distrito, que luego que se le proporcionara el domicilio de los testigos, señalaría nuevo día y hora para la recepción de la prueba testimonial, dado aviso al Juzgado de Distrito, con anticipación.
Precedentes
Queja en amparo civil 410/47. Montero Severo. 17 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XCIV, página 2285. Indice Alfabético. Queja 400/47. Morales Hesse Jorge. 17 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.