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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346370
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1265
CONTRAFIANZA EN EL AMPARO, DERECHO DEL TERCER PERJUDICADO A OFRECERLA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1265
Si una persona es tercera perjudicada en el juicio de amparo mientras subsista el auto del Juez de Distrito que le haya reconocido ese carácter, tiene el derecho de otorgar contrafianza, pues tal derecho se lo concede precisamente el artículo 126, en relación con los artículo 125 y 5o., fracción III, inciso a), de la Ley de Amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil 448/47. Luengo Víctor y otro. 17 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos: Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona al nombre del ponente.