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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346389
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1416
COMPETENCIA, SUSPENSION IMPROCEDENTE DE LAS INTERLOCUTORIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1416
Si la situación jurídica establecida por la interlocutoria que se señala como acto reclamado, es la de que siga conociendo el juez a quien el quejoso pidió que declinara su jurisdicción, y por consiguiente, que no siguiera conociendo del asunto, la suspensión tendría como objeto, si se concediera, suspender la secuela del procedimiento mientras se fallara el amparo, y esto es contrario al orden público.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6732/47. Luna Longinos. 22 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo LXXXI, página 4581, tesis de rubro "COMPETENCIA, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA EL AUTO QUE LA SOSTIENE.".
Tomo LXXXI, página 5440, tesis de rubro "COMPETENCIA, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LA DECLARACION DE.".
Tomo XCIV, página 81, tesis de rubro "COMPETENCIA, SUSPENSION IMPROCEDENTE DE LAS INTERLOCUTORIAS DE.".