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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346395
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1444
SUBARRENDAMIENTO, PRUEBA DE LA EXISTENCIA DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1444
La disposición contenida en el artículo 2406 del Código Civil del Distrito Federal, en el sentido de que "El arrendamiento debe otorgarse por escrito, cuando la renta pase de cien pesos anuales", es aplicable al subarrendamiento, y por consiguiente, debe estimarse que la única prueba adecuada para acreditar la existencia de éste, cuando la renta exceda de la cantidad indicada, es el contrato escrito, al cual no puede suplir la prueba testimonial.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5515/47. Coss Atenógenes. 24 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.