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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346442
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 21
PRUEBA PERICIAL, APRECIACION DE LA (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 21
Debe estimarse que el Juez responsable cumplió fielmente con el artículo 341 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas, si fijó como precio de la cosa valuada por los peritos, nombrados por la parte actora, por la demandada y por el propio Juez, la cantidad resultante del promedio de las tasaciones hechas por dichos peritos.
Precedentes
Amparo civil en revisión 9552/45. Hanoune Jorge Abraham y coagraviado. 1o. de julio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.