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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346450
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 32
TESTIGOS SINGULARES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 32
Al establecer el artículo 419 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, que el Juez valorizará la prueba testimonial según su prudente arbitrio, ha venido a derogar las disposiciones sobre la ineficacia del testigo singular.
Precedentes
Amparo civil directo 5927/39. Maldonado Benjamín. 2 de julio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.