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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346488
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 222
ACTUARIOS, CERTIFICACIONES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 222
La certificación del actuario, en el sentido de que se cercioró de que el demandado vivía en la casa señalada por el actor y en la cual practicó la diligencia de emplazamiento, no puede destruirse por las declaraciones de testigos que afirmen que el demandado tenia su domicilio en lugar distinto de la casa que se hizo el emplazamiento, desde fecha anterior a la practica de este, pues aun concediendo pleno valor probatorio a tales declaraciones, de las mismas no se desprende la imposibilidad de que el propio demandado hubiese tenido casa habitación en el lugar en que se practicó la diligencia, esto es, aun admitiendo la comprobación de que tenia su domicilio en lugar distinto, esto no descarta la posibilidad de que hubiera vivido temporalmente en la casa en que se efectuó el emplazamiento.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2457/47. Sucesión de Paulino Becerril. 4 de julio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.