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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346511
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 362
ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 362
No puede considerarse que el abandono injustificado del domicilio conyugal continúe después de decretarse el depósito provisional judicial de la esposa, pues este convierte en justificada la separación, al autorizarla la autoridad judicial y, por lo mismo, no puede decirse que haya abandono sin causa justificada.
Precedentes
Amparo civil directo 3081/46. Cassem Sala Emilio. 9 de julio de 1948. Por unanimidad de cinco votos en cuanto al fondo y por mayoría de cuatro votos en cuanto a los fundamentos. Disidente: Hilario Medina. Relator: Emilio Pardo Aspe.