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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346551
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 892
PRESCRIPCION POSITIVA, INSPECCION JUDICIAL EN LOS JUICIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 892
Si la parte quejosa reclama que la autoridad responsable no estudió la prueba de inspección judicial, rendida por aquélla, en un juicio sobre prescripción positiva, para demostrar su posesión, aun siendo cierta tal omisión, no por ello debe declararse justificado el concepto de violación de que se trata, si la posesión de la agraviada, aun suponiendo que pudiera quedar demostrada con la indicada probanza, no pudo ser en concepto de propietaria, pues éste es elemento indispensable para la prescripción positiva.
Precedentes
Amparo civil directo 9116/42. Treviño viuda de Cantú Guadalupe. 24 de julio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.