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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346571
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1101
CONTRATOS, LEY APLICABLE A LOS. IRRECTROACTIVIDAD DE LA LEY.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1101
Si los contratos cuya nulidad se pide, se celebraron bajo la vigencia de la ley anterior, ésta debe regir sus condiciones de validez, y por lo mismo, si la autoridad responsable aplicó la ley posterior, incurrió en violación de la garantía de retroactividad.
Precedentes
Amparo civil directo 7786/45. Alarcón Clotilde, su sucesión. 29 de julio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.