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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346596
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1264
COSTAS, SUSPENSION DE SU COBRO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1264
Habiéndose hecho la declaración de que procede condena en costas al quejoso, mientras éstas no traten de hacerse efectivas, para lo que es necesario la regulación previa de ellas, el acto no es inminente ni susceptibles de suspenderse.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4203/47. Ramírez Teófilo. 2 de agosto de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.