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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346626
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1425
QUEJA, RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1425
El recurso de queja es procedente, en los casos de la fracción VIII del artículo 95 de la Ley de Amparo, en contra de las autoridades responsables ordenadores y en contra de las ejecutoras, aunque tengan el carácter de autoridades responsables.
Precedentes
Queja en amparo civil 533/46. Guerrero Gregorio. 9 de agosto de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.