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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346664
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1748
PRUEBAS TESTIMONIALES Y DOCUMENTALES, CONTRADICCION ENTRE LAS (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1748
Carecen de valor los testimonios que están en contradicción con documentos que hagan fe plena, de acuerdo con el artículo 262 del Código de Procedimientos Civiles de Veracruz, en relación con la fracción II del artículo 261 del mismo código.
Precedentes
Amparo civil directo 6813/46. Cruz Reyes de Herrera Guillermina. 22 de agosto de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.