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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346667
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1788
JUICIOS, FALSEDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1788
Si se objetó como falso, no el documento presentado por el tercero perjudicado, sino el juicio al que se refiere la copia certificada de constancias exhibidas por él, el caso no está comprendido en el artículo 153 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil 308/47. Almaguer Marcelino. 23 de agosto de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.