Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/346672
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346672
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1797
FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA (LANZAMIENTO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1797
Si la suspensión impide que se ejecute el lanzamiento reclamado, lo que puede durar probablemente tres años, la garantía debe abarcar el pago del importe de las rentas durante ese plazo, más lo que adeudaba el quejoso hasta la fecha en que fue requerido por el actuario, sobre el pago de esa cantidad, por el mismo concepto de rentas, y demás, los intereses de esas dos cantidades, al nueve por ciento anual, para responder del daño y de los perjuicios que pudieran ocasionarse al tercero con la suspensión, si dicho quejoso no obtiene el amparo de la Justicia federal.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4951/47. Patetta Pacheco Eduardo. 23 de agosto de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.