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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346687
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1915
ABOGADOS, HONORARIOS DE LOS (LEGISLACION DE HIDALGO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1915
Si los servicios del profesionista fueron prestados durante la vigencia del arancel de abogados de mil novecientos veintitrés del estado de hidalgo, la aplicación del nuevo arancel, que entró en vigor en mil novecientos cuarenta y dos, para determinar el monto de los honorarios causados, agravia al indicado profesionista, por ser retroactiva, motivo por el cual debe concedérsele el amparo que por tal motivo solicite.
Precedentes
Amparo civil directo 1110/46. Rubio Filiberto. Unanimidad de cuatro votos. 28 de agosto de 1947. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.