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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346711
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2040
SINDICO, INCIDENTE DE RENDICION DE CUENTAS POR EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2040
Si con documentos públicos está plenamente demostrado que en el incidente de rendición de cuentas por el síndico, fue oído el representante común de los quebrados, no puede considerarse que uno de éstos no haya sido oído en ese incidente, y por consiguiente, que se hubiera violado en su perjuicio la garantía individual que consigna el artículo 14 de la Constitución Federal.
Precedentes
Tomo XCIII, página 2040. Amparo civil en revisión 6063/45. Ketelsen viuda de Kuck Emilia. 3 de septiembre de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XCIII, página 2921. Indice Alfabético. Amparo en revisión 5487/45. Ketelsen viuda de Kuck Emilia. 3 de septiembre de 1947. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos I. Meléndez.