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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346719
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2106
TESTAMENTOS, TESTIGOS EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2106
Los testigos instrumentales que intervinieron en un testamento hecho ante el notario y firmaron de conformidad ante la fe del propio notario, no pueden volver sobre sus propios actos y declarar en forma distinta a como lo hicieron con anterioridad; y si lo hacen así, sus primeras declaraciones son las que hacen prueba plena y no las posteriores, de manera que éstas no pueden servir para que se declare nulo el testamento, ya que la ley ha querido dar la mayor fuerza, en todo tiempo, a los instrumentos públicos.
Precedentes
Amparo Civil 3736/36. Quintanilla Candelario y coagraviado. 5 de septiembre de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.