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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346730
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2126
PROMESA DE VENTA, FORMA DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2126
No es necesario que la promesa de venta se haga constar en escritura pública, en virtud de que no implica una modificación al dominio ni origina obligaciones de dar, sino exclusivamente obligaciones de hacer, por lo que, para su validez, basta que se otorgue en documento privado.
Precedentes
Amparo civil directo 9024/45. Furlong Wilfrido y coagraviados. 6 de septiembre de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.