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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346740
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2142
QUEJA POR DEFECTO DE EJECUCION DE LA INTERLOCUTORIA DE SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2142
No estuvo en lo justo el juez federal al declarar sin materia la queja interpuesta por la recurrente, en contra de la autoridad responsable, por defecto de ejecución de la interlocutoria sobre suspensión, a pesar de la contrafianza otorgada por el tercer perjudicado, si los hechos que motivaron la referida queja, se verificaron con mucha anterioridad al día en que se tuvo por otorgada la contrafianza, a partir del cual surtirá ésta sus efectos; en tal virtud, el ciudadano juez de distrito debe continuar la tramitación legal de la tantas veces mencionada queja y, en su oportunidad, resolverla en la forma que estime procedente.
Precedentes
Queja en amparo civil 232/47. Vázquez de Gutiérrez Celestina. 6 de septiembre de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.