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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346742
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2146
EJECUCION DE SENTENCIAS, SUSPENSION CONTRA LA (INTERDICTOS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2146
Aun cuando sea cierto que trata de cumplirse con una sentencia definitiva dictada en un interdicto, si la ejecución tiende a llevarse a cabo en un predio rústico distinto del que fue materia del interdicto de recuperar la posesión, de donde emanen los actos reclamados, en ese caso, no hay motivo de interés general en que se ejecuten esos
fallos en bienes distintos a los que se refiere el fallo que trata de ejecutarse, por lo que es procedente la suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3058/47. Cota F. Alfonso N. 6 de septiembre de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.