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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346778
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2322
TERMINOS JUDICIALES (REPOSICION, RECURSO DE).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2322
Las notificaciones hechas mediante el Boletín Judicial, surten efectos al día siguiente de su publicación, y el término de veinticuatro horas dentro del cual debe interponerse el recurso de reposición (artículos 685 y 686 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal), corre de las doce horas de ese día a las doce horas del día siguiente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7691/45. Cameroni Talleri Eugenio. 18 de septiembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.