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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346779
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2323
APELACION, RENUNCIA AL DERECHO DE INTERPONER EL RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2323
La Suprema Corte de Justicia ha resuelto que es válido la renuncia al derecho de interponer el recurso de apelación contra la sentencia definitiva, pactada antes de la vigencia del actual Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, por ser conforme a las leyes anteriores y porque la disposición del artículo 44 de aquel Código, no rige sobre los convenios anteriores a él, sino solamente sobre los que después pasaren.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4396/42. Matienzo Andrés, Sucesión de. 18 de septiembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario medina . La publicación no menciona el nombre del ponente.