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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346782
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2347
POSESION, NO LA TIENEN LOS GUARDIANES DE UN PREDIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2347
No está acreditado el interés jurídico necesario, que la jurisprudencia exige, para que el quejoso pueda obtener la suspensión contra el cumplimiento de una sentencia que manda entregar un inmueble al tercer perjudicado, si no existe ningún elemento de convicción que acredite el hecho de que el quejoso esté en posesión derivada de ese inmueble, puesto que sólo se le dio para que lo cuidara y atendiera, dándosele retribución o salario, lo que indica en forma clara y evidente que en su calidad de asalariado no era posible que tuviera la posesión del referido predio, y esto en ninguna forma puede aceptarse como una base legal para que se considere al quejoso como poseedor del predio aludido.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4565/47. Pech Santiago. 20 de septiembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.