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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346823
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 128
EXTRANJEROS, ADJUDICACION DE BIENES RAICES A LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 128
La adjudicación, en remate, de bienes inmuebles, no basta para la transmisión de la propiedad, sino que es necesario además, el requisito del otorgamiento de la escritura pública respectiva, que exige la ley. Por ello, la Suprema Corte de Justicia ha resuelto que no es necesario que el extranjero que asista a un remate como postor, esté obligado a justificar en el acto, el permiso para adquirir bienes raíces, sino que tal requisito deberá acreditarlo ante el notario que haya de extender la escritura respectiva, en el momento de otorgarse esta. Por consiguiente, no puede considerarse ilegal la postura de un extranjero, por el simple hecho de que en el momento en que la formule, no acredite su capacidad para adquirir bienes raíces.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8862/45. Rodríguez José. 9 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XLVII, página 3269.