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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346827
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 164
REMATE, IMPUGNACION DEL (NULIDAD IMPROCEDENTE DE LA ACCION DE).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 164
La impugnación del remate, por irregularidades cometidas en el mismo, debe hacerse en el juicio en que tiene lugar y a través de los recursos ordinarios. El auto aprobatorio del remate, es apelable en ambos efectos, y por lo mismo, debe hacerse valer este recurso y no pedirse la nulidad de aquél, a través de un juicio autónomo destinado a ese efecto.
Precedentes
Amparo civil directo 3830/34. Flores Florentino, sucesión de. 10 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.