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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346828
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 167
NACIONALIZACION, INTERPOSITAS PERSONAS DEL CLERO, PARA LOS EFECTOS DE LA (SACERDOTES).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 167
El hecho de que un sacerdote del clero católico aparezca en lo particular, como propietario de determinados bienes, no puede significar presuntivamente que sea interpósita persona de la Iglesia, ya que no hay ley que prohiba a los sacerdotes de cualquier culto, adquirir y tener en posesión bienes raíces, como personas particulares. Además, la circunstancia de que un dignatario de la Iglesia hubiera vendido a un sacerdote, un bien raíz, y éste, a su vez lo hubiese transmitido a persona que profesara la religión católica, no implica presunción racional de que dicho bien sea propiedad del clero.
Precedentes
Amparo civil directo 4982/44. Ministerio Público Federal. 10 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.