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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346840
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 382
CESION DE DEUDAS, ACEPTACION DEL ACREEDOR EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 382
No es exacto que la aceptación del acreedor, respecto a la sustitución del deudor, para que tenga eficacia, deba hacerse precisamente en la escritura de cesión de la deuda y no con posterioridad, porque lo que la ley quiere, es que el acreedor admita expresamente la sustitución.
Precedentes
Amparo civil directo 10211/42. Vázquez de Vázquez Mellado y coaga. 14 de abril de 1947. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.