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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346848
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 537
CODEMANDADOS, APELACION INTERPUESTA POR ALGUNOS DE ELLOS, QUE FAVORECE A LOS OTROS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 537
Si la acción deducida contra varios demandados, tenia un fundamento indivisible, consistente en una copia certificada expedida por el registrador público de la propiedad, que carecía de valor probatorio como título de dominio, siendo inepto dicho documento para fundar la acción, seria ilógico considerar probada esta, para determinado demandado y no probada para los otros, y por lo mismo, el tribunal de alzada obró legalmente al absolver a todos los demandados, revocando la sentencia del inferior, aunque sólo hubieran intervenido algunos de ellos como apelantes; y lo resuelto en favor de estos, tenía que favorecer a los otros, si esa resolución se fundó además, en la legalidad de las escrituras de compraventa exhibidas por los apelantes, de las cuales se había deducido las escrituras de los otros demandados, que, por tal motivo, forzosamente debían también ser consideradas legítimas.
Precedentes
Amparo civil directo 7096/46. Bonfigli de Izquierdo María. 16 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Hilario Medina.