Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/346853
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
346853
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 561

CESION DE DERECHOS HEREDITARIOS, NO LESIONA EL DERECHO AL TANTO SOBRE BIENES DE LA SUCESION, OTORGADO CONTRACTUALMENTE A UN ACREEDOR.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 561

Precedentes

Amparo civil directo 5570/46. Usandizaga Antonio. 16 de abril de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Disidente: Agustín Mercado Alarcón. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 346853