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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346854
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 568
INTERDICTOS (LEGISLACION DE QUERETARO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 568
Los artículos 1114 y 1177 del Código de Procedimientos Civiles de Querétaro, señalan los requisitos sustanciales para que pueda estimarse probada la acción de interdicto; pero son ajenos a las exigencias procesales para que la demanda pueda ser admitida a trámite.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7018/45. Usandizaga Antonio. 16 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.