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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346857
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 571
FILIACION (DILIGENCIAS PREPARATORIAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 571
Si el quejoso juzga que la filiación de la promovente no ha quedado plenamente comprobada con el acta de nacimiento, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 340 del Código Civil, esa falta de prueba podrá ser motivo de excepción que deba resolverse en el juicio que se anuncia, pero no en las diligencias preparatorias de ese juicio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4592/46. Varela Luis B. 16 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.