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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346878
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 851
DIVORCIO, INJURIAS COMO CAUSAL DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 851
Para determinar la procedencia de la causal de divorcio que se haga consistir en las injurias que el demandado profirió a la actora, el juzgador debe examinar si dichas injurias tuvieron lugar en el periodo a que se contrae el artículo 178 del Código Civil del Distrito Federal, esto es, dentro de los seis meses anteriores a la presentación de la demanda de divorcio.
Precedentes
Amparo civil directo 6278/40. Galindo Cárdenas Edmundo. 24 de abril de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.