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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346895
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1040
DAÑOS Y PERJUICIOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1040
En los juicios de daños y perjuicios provenientes de actos extracontractuales, corresponde a la parte actora rendir las pruebas conducentes, para justificar la existencia y monto de esos daños y perjuicios. Por otra parte, en tales juicios no pueden tener aplicación los artículos 2104 y siguientes del Código Civil del Distrito Federal, porque tales preceptos se refieren al incumplimiento de las obligaciones.
Precedentes
Amparo civil directo 9454/43. Gómez Vázquez Francisco. 28 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.