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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346906
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1148
NULIDAD DE ACTUACIONES, PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LA RESOLUCION QUE LA DECLARA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1148
La interlocutoria que declara la nulidad de todas las actuaciones en un juicio, desde el emplazamiento hasta el periodo receptorio de pruebas, es de naturaleza irreparable y procede contra ella el amparo indirecto, de acuerdo con la fracción IX del artículo 107 constitucional, porque la sentencia definitiva que llegare a dictarse en el juicio principal, no podrá tomar en cuenta las actuaciones que al ser nulificadas, han dejado de tener eficacia jurídica.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6416/41. Ferral Jesús y coags. 30 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.