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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346907
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1149
PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1149
La regla de que el que afirma está obligado a probar, no significa que la prueba debe provenir necesariamente de la parte que afirma el hecho, ya que éste puede quedar suficientemente demostrado con los mismos elementos que aporta el que niega.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6416/41. Ferral Jesús y coags. 30 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.