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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346913
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1230
APELACION, AGRAVIOS EN LA (FALTA DE CITACION DE LEYES).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXII; Pág. 1230
Es bastante con que la apelación exprese los hechos y conceptos por los cuales estima que se le ha agraviado, para que el tribunal de alzada tenga la obligación de estudiar el agravio, sin que sea obstáculo la falta de citación del precepto legal infringido.
Precedentes
Amparo civil directo 8737/49. Nassar Antonio. 4 de junio de 1952. Unanimidad de cinco votos. Relator: Felipe Tena Ramírez.