Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/346922
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1316
CONCEPTO DE VIOLACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1316
El concepto de violación en que se reclame la infracción de determinado capítulo de la ley procesal, sin precisarse los motivos por los que se agravia al quejoso, debe considerarse improcedente, porque el defecto apuntado impide el respectivo análisis por la autoridad que conoce del amparo.
Precedentes
Amparo civil directo 10088/43. Morales Francisco. 7 de mayo de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.