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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346930
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1451
PRUEBA TESTIMONIAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1451
Las objeciones hechas a la prueba testimonial, no pueden tomarse en cuenta para la desestimación de dicha prueba, si los testigos declararon a ciencia cierta en los particulares sobre los que fueron examinados y tales objeciones se refirieron a contradicciones o deficiencias que no pudieron desvirtuar aquellas declaraciones, que abarcan los hechos principales sobre que fueron interrogados los testigos.
Precedentes
Amparo civil directo 117/43. Hernández Elías. 9 de mayo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Hilario Medina.