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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346945
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1550
ARRENDAMIENTO, RESCISION DEL, POR VARIACION DEL DESTINO DEL INMUEBLE OBJETO DEL CONTRATO (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1550
De acuerdo con lo dispuesto en la fracción III del artículo 8o. de la Ley de Inquilinato del estado de Veracruz, para que proceda la rescisión del un contrato de arrendamiento, basta acreditar que parte del inmueble arrendado se ha destinado a un objeto distinto de aquél que se fijo en el contrato, porque la ley no exige que el cambio de objeto sea sustancial o total.
Precedentes
Amparo civil directo 6625/46. Sedas Serrano José. 3 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, página 124, penúltima tesis relacionada con la jurisprudencia 43, de rubro "ARRENDAMIENTO, RESCISION DEL CONTRATO DE, POR CAMBIO DE DESTINO DE LA LOCALIDAD ARRENDADA.".